Astorga - La Bañeza

El PP astorgano solicita la anulación del pleno urgente y extraordinario

El equipo de gobierno había convocado un pleno en nuestro Ayuntamiento para el día de hoy con el objetivo de llevar la compra de material y máquinas más importantes de la historia municipal, la renovación del material de limpieza urbana por 2,7 millones de euros que fue el compromiso con los comunistas de la ciudad para entregar la alcaldía al señor Juan José Alonso Perandones.

Así se había anunciado en todos los medios de comunicación en los pasados días, el Partido Popular registró como se puede ver en el documento adjunto un documento dirigido a la alcaldesa en funciones y al señor secretario de la corporación municipal, donde se hacía constar que con este breve plazo de tiempo se estaba incumpliendo la normativa legal que establece de una forma clara los plazos y los motivos de la urgencia, se convocaba un pleno urgente sin la motivación necesaria e indebidamente justificado y eso podía ser ilegal según se estipula en la normativa legal.

Son sesiones extraordinarias urgentes las convocadas por el alcalde o presidente cuando la urgencia del asunto o asuntos a tratar no permite convocar la sesión extraordinaria con la anterior antelación mínima de dos días hábiles exigida por la ley 7/1985 de dos de abril. como en este caso.

Entiende este grupo municipal, que los asuntos a tratar fijados en el orden del día no justifican la urgencia de la convocatoria pudiendo haber sido tratados en un pleno extraordinario u ordinario convocado dentro de los plazos establecidos en la normativa legal, sin coartar a los grupos de la o posición su derecho a la información, existiendo amplia jurisprudencia al respecto sobre el inadecuado uso de las convocatorias extraordinarias urgentes indebidamente justificadas, como por ejemplo, sentencia del Tribunal Supremo del 1 de marzo del 2000 .

Hemos visto, dentro de la documentación enviada que el que decide los criterios a aplicar para seleccionar a una empresa u otra, es el gerente de la empresa municipal ecoAstúrica SL, que como todos sabemos ha sido contratado por el exteniente de alcalde comunista de la ciudad a razón de 45.000 euros anuales.

Lo más curioso de todo es que los informes que se adjuntan no son hechos por técnicos cualificados sino por este señor que dice que aplica criterios basados en juicios de valor y no en parámetros técnicos y objetivos y todos sabemos que hay técnicos del SAM en la Diputación Provincial para estas labores, entonces desconocemos porque el Tribunal ha optado por el criterio particular como él mismo establece” de un juicio de valor” para establecer que empresas son seleccionadas y qué empresas no.

El mayor contrato de adjudicación por importe de casi 2.700.000 €, se pretendía aprobar mediante pleno urgente sin tiempo para el estudio del recurso presentado por un licitador que ha parado la adjudicación de uno de los lotes y añadiendo que otros dos lotes han quedado desiertos es por todo ello que necesitamos un tiempo conveniente para poder analizar todo esta documentación y poder analizar que está sucediendo en nuestra ciudad y que parece muy extraño.

No podemos permitir que vuelva el Cortijo del señor perdones que ha estado en esta ciudad en los últimos 30 años.

Es una adjudicación millonaria que está puesta bajo sospecha con un proceso que parece ser que para alguna de las empresas es irregular y que conviene analizar con detenimiento y calma porque no hay que olvidar que los comunistas pedían antiguamente la mayor de las transparencias y ahora por sus pactos secretos que ocultan a la ciudad no nos explican que se esconde detrás de esta municipalización encubierta.

Y por último, señalar que es muy curioso que quien hace los informes para decidir si una baja es temeraria o no es temeraria sea el gerente de la propia empresa municipal, porque en esta vida todos sabemos que no se debe ser juez y parte, entonces sabiendo que hay técnicos competentes en la Diputación desconocemos por qué no se han encargado los informes a esos técnicos del Sam o de la Junta de Castilla y León.

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